CIERRE DE MINAS

En nuestra división de Cierre de Minas contamos con profesionales especializados y comprometidos con la restauración ambiental, la seguridad y la sostenibilidad. Ofrecemos asesoría y consultoría en cierre de minas, evaluación de pasivos ambientales, gestión de aguas, revegetación y monitoreo post-cierre, asegurando innovación, cumplimiento normativo y alto estándar de calidad. Todo ello velando por el buen uso de los recursos naturales, respeto al patrimonio cultural y adopción de prácticas responsables con el medio ambiente.

SERVICIOS:

  • Planificación del cierre desde el inicio del proyecto
  • Evaluación ambiental y social para cierre (impactos, mitigaciones)
  • Diagnóstico de pasivos ambientales y definición de medidas correctivas
  • Gestión de agua: tratamiento de aguas residuales, drenaje minero, control de aguas subterráneas y superficiales
  • Remediación de suelos, revegetación y restauración del paisaje
  • Monitoreo post-cierre para asegurar estabilidad, seguridad y cumplimiento ambiental
  • Costos estimados del cierre / planificación financiera de garantías ambientales
  • Ingeniería de detalle de estructuras de cierre: tapones, barreras, revestimientos, sellos físicos
  • Gestión de la seguridad física y estabilidad de componentes estructurales después del cierre
  • Planes de cierre/abandono y rehabilitación.
  • Ley N.º 28090 — Ley que regula el Cierre de Minas.
  • Ley N.º 31347 — modifica artículos de la Ley 28090.
  • Decreto Supremo N.º 006-2025-EM — nuevo reglamento que modifica el reglamento del cierre de minas, fortaleciendo coordinación institucional, garantías financieras, reportes semestrales, facultades de fiscalización, etc.
  • Obligaciones de los titulares mineros: presentar plan de cierre, garantía ambiental, reportes semestrales de avance.
    Sección legal / normativa peruana:
    • Ley N.º 28090 — Ley que regula el Cierre de Minas.
    • Ley N.º 31347 — modifica artículos de la Ley 28090.
    • Decreto Supremo N.º 006-2025-EM — nuevo reglamento que modifica el reglamento del cierre de minas, fortaleciendo coordinación institucional, garantías financieras, reportes semestrales, facultades de fiscalización, etc.
    • Obligaciones de los titulares mineros: presentar plan de cierre, garantía ambiental, reportes semestrales de avance.